FLEXIBILIDAD DE LOS PLAZOS EN EL ARBITRAJE (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de quince de diciembre de 2022. Ponente: Francisco José Goyena Salgado)

Aunque si se propugna como cierto el dictum de que las `actuaciones arbitrales´ (recuerde, parte de la rúbrica del Título V de la ley de arbitraje) contraen una `deuda´ (como integrante del anglosajón término `debido proceso´) con la aplicación de las garantías procesales, habrá que admitir que la ley de arbitraje nos brinda un precioso auxilio para seguir en la tarea de concretar cuando existe `debida´ aplicación de esas garantías procesales.

En tal sentido, y para apuntar selectivamente al blanco de la `debida´´ aplicación de las garantías procesales “difícilmente las solas dilaciones en la tramitación del procedimiento arbitral pueden dar lugar -se ha dicho- a una grave limitación de las garantías esenciales” de ese `debido proceso arbitral´ porque “sólo una alteración prolongada y relevante de los plazos pactados en el procedimiento arbitral o establecidos legal o reglamentariamente sería causa de la anulación del laudo cuando de ello se hubiera derivado -se sigue diciendo- un desequilibrio notable para una de las partes en litigio y, además, se hubiera traducido materialmente en la decisión arbitral”.

Se comprenderá, por tanto, que se apele a una “lectura flexible del transcurso de los plazos” en el seno del arbitraje porque una cosa “es imponer un orden procesal determinado en el curso del procedimiento y otra extremar la aplicación rigorista de los plazos hasta el punto de expulsar del asunto -se ha dicho- un documento que ha sido aportado con noventa minutos de retraso”.

Esa “lectura flexible del transcurso de los plazos” en la tramitación de las actuaciones arbitrales que se ha propugnado, al anidar en el artículo 25.2. de la ley de arbitraje, permite que, al no existir acuerdo de las partes en materia de plazos, el árbitro pueda dirigir el arbitraje del `modo que considere apropiado´. En ese `modo´ con el que el árbitro `considere apropiado´ determinar los plazos en las actuaciones arbitrales, ha de comprenderse la ausencia, en su computo, de indefensión para cualquiera de ellas.

Planteada de este modo la “lectura flexible del transcurso de los plazos” en la tramitación de las actuaciones arbitrales, sería imperdonable no sacar partida de las conquistas registradas en la parcela del derecho procesal relativa a que “deberá tratarse a las partes con igualdad y darse a cada una de ellas suficiente oportunidad de hacer valer sus derechos” (artículo 24. 1. de la ley de arbitraje) por ser esa exigencia compendio de un arbitraje `con todas las `garantías procesales´ cuna y trono de esa “lectura flexible del transcurso de los plazos” en la tramitación de las actuaciones arbitrales.

Bibliografía:

Goyena Salgado, F. J., (ponente que expresa el parecer de la Sala) Roj: STSJ M 15308/2022 - ECLI:ES: TSJM:2022:15308 Fecha: 15/12/2022 Nº de Recurso: 3/2022 Nº de Resolución: 44/2022 Tipo de Resolución: Sentencia.

Lorca Navarrete, A. Mª., El control judicial del laudo arbitral. Edición Instituto Vasco de Derecho Procesal. San Sebastián 2019, pág. 189 y ss.

Lorca Navarrete, A. Mª., Los plazos en el desarrollo del arbitraje, en Boletín de la Corte Vasca de Arbitraje de 30 septiembre de 2023. Disponible en: http://leyprocesal.com/administrar/mailing/VisualizarMailing.asp?codN=1384.

Rodríguez Padrón, C., (ponente que expresa el parecer de la Sala) Roj: STSJ M 9207/2021 - ECLI: ES: TSJM:2021:9207 Fecha: 07/09/2021 Nº de Recurso: 1/2021 Nº de Resolución: 56/2021 Tipo de Resolución: Sentencia.

Vieira Morante, F. J., (ponente que expresa el parecer de la Sala) en Lorca Navarrete, A. Mª., Jurisprudencia arbitral comentada de los Tribunales Superiores de Justicia. Estudio de las sentencias y autos de los Tribunales Superiores de Justicia en materia de arbitraje. Volumen IV. Tomo I Año 2014. Edición Instituto Vasco de Derecho Procesal. San Sebastián 2015, pág. 606.

Autor del comentario de jurisprudencia arbitral: Antonio María Lorca Navarrete. Presidente de la Corte Vasca de Arbitraje. Catedrático de Derecho Procesal. E-mail: cortevascaarbitraje@leyprocesal.com. Scientific CV: https://orcid.org/0000-0003-3595-3007 y web: http://www.cortevascadearbitraje.com/ y http://www.leyprocesal.com